Es muy importante tener en cuenta que una mala administración puede provocar daños en la infraestructura e inmuebles del edificio, por ello es importante destacar que toda gestión de esta naturaleza se encuentra acogida a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, la cual se compone de tres órganos: la asamblea de copropietarios, el comité de administración y el administrador.
Dichos órganos tienen la función de cuidar los bienes de dominio común, cerciorarse de que la infraestructura de soporte de redes de telecomunicaciones no sea intervenida por terceros, efectuar los actos necesarios para realizar la certificación de las instalaciones de gas, así como el mantenimiento y certificación de los ascensores. También debe ejecutar los actos de administración, conservaciones y los de carácter urgente, debe cobrar y recaudar los gastos comunes, velar por la observancia de las disposiciones legales y reglamentarias, y también representar en juicio a los copropietarios.
Dentro de sus funciones están las de cuidar los bienes de dominio común, cerciorarse de que la infraestructura de soporte de redes de telecomunicaciones no sea intervenida por terceros, efectuar los actos necesarios para realizar la certificación de las instalaciones de gas, así como el mantenimiento y certificación de los ascensores.
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